Ley 25.345

Artículo 30Personal de las empresas

Texto oficial

El personal de las empresas de la industria de la construcción comprendidas en el presente régimen, tendrá derecho a la totalidad de las prestaciones de la seguridad social contempladas en las Leyes 24.241 y sus modificaciones, 24.714 y su modificatoria, 19.032 y sus modificaciones, 23.660 y sus modificaciones y 23.661 y sus modificaciones.

Qué significa en la práctica

Regula la situación del personal de las empresas de la construcción comprendidas.
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