Ley 25.381

Artículo 1Facultad para conceder el uso de Sarmiento 1962 por treinta años

Texto oficial

Facúltase al Poder Ejecutivo nacional para que conceda en uso de la Federación de Entidades Argentino Arabes de la Ciudad de Buenos Aires y su Conurbano, por el término de TREINTA (30) años, el inmueble ubicado en la calle Sarmiento Nº 1962 de la Ciudad de Buenos Aires, designado catastralmente como circunscripción 11, Sección 9, Manzana 68, Parcela 18, cuyo a nombre del Estado nacional obra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal dependiente de la Subsecretaría de Justicia de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia, en la Matrícula FR 11-2316 con fecha 31 de julio de 1985.

Qué significa en la práctica

El Congreso habilita al Poder Ejecutivo nacional a entregar en uso —no en propiedad— el inmueble fiscal de Sarmiento 1962 de la Ciudad de Buenos Aires a la Federación de Entidades Argentino Árabes, por un plazo de treinta años. El artículo identifica el predio por su designación catastral y por la matrícula registral a nombre del Estado nacional.

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