Ley 25.401

Artículo 70Incremento del gasto y del deficit por cambios del Congreso

Texto oficial

Increméntase en la suma de QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS ($ 569.537.500) el monto del gasto fijado por el artículo 1° de la presente ley, de acuerdo con el detalle de la planilla anexa al presente artículo. Como consecuencia de las modificaciones dispuestas en la presente con relación al Proyecto del PODER EJECUTIVO NACIONAL increméntase en la suma de DOS MIL CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS PESOS ($ 2.175.943.500) el resultado financiero negativo del artículo 4° de la presente ley. Asimismo increméntanse las Fuentes de Financiamiento y las Aplicaciones Financieras de acuerdo con el siguiente detalle: Fuentes de financiamiento 3.078.783.500 - Endeudamiento Público e Incremento de Otros Pasivos 3.078.700.000 Aplicaciones Financieras 902.840.000 - Inversión Financiera — 57.666.000 - Amortización de Deuda y Disminución de Otros Pasivos 960.506.000

Qué significa en la práctica

Incrementa en $ 569.537.500 el gasto fijado en el articulo 1. Deja constancia de que, por las modificaciones que el Congreso introdujo al proyecto del Ejecutivo, el resultado financiero negativo del articulo 4 aumenta en $ 2.175.943.500. Ajusta las fuentes de financiamiento (+$ 3.078.783.500, casi todo endeudamiento) y las aplicaciones financieras (+$ 902.840.000). Es el articulo que blanquea cuanto mas deficit deja el presupuesto respecto de lo que habia mandado el Ejecutivo.

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