Ley 25.401

Artículo 76Refuerzo del Censo Nacional 2001

Texto oficial

Increméntase en CINCO MILLONES DE PESOS ($ 5.000.000) el crédito fijado en el artículo 1° de la presente ley a la 50 - Administración Central, Programa 23 – Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas, Inciso 3 - Fuente de Financiamiento 11, y redúcense en la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 2.500.000) el Programa 24 - Fomento a las Pequeñas y Medianas Empresas - Actividad 2 - Inciso 5 - Fuente de Financiamiento 11 y en igual monto el citado Programa, Actividad e Inciso de la Fuente de Financiamiento 22, ambos de la 50. Asimismo disminúyese en la 90 - Servicio de la Deuda Pública, 98 - Otras Categorías Presupuestarias - Deudas Directas de la Administración Central Grupo 01 - Inciso 7 - Fuente de Financiamiento 11 en DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 2.500.000), e increméntase por igual monto en la citada - Inciso 7 - Fuente de Financiamiento 22. Como consecuencia de ello increméntanse las Fuentes Financieras en la Fuente de Financiamiento 22 - Tipo 36 - Clase 2 –Concepto 2.

Qué significa en la práctica

Incrementa en $ 5.000.000 el credito del Programa 23 (Censo Nacional de Poblacion, Hogares y Viviendas) y lo compensa reduciendo $ 2.500.000 del Programa 24 de Fomento a las PyMEs en dos fuentes de financiamiento. Ademas hace un movimiento equivalente de $ 2.500.000 entre fuentes de financiamiento en la Jurisdiccion 90 de Servicio de la Deuda Publica.

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