Artículo 1Mandato de acuñación al Banco Central y a la Casa de Moneda
Texto oficial
El Banco Central de la República Argentina y la Casa de Moneda, dispondrán lo pertinente para la impresión de una moneda conmemorativa en alusión al pronunciamiento del General Justo José de Urquiza, cuyo sesquicentenario se conmemora el 1º de mayo del año 2001.
Qué significa en la práctica
Ordena al Banco Central de la República Argentina y a la Casa de Moneda que dispongan lo necesario para producir una moneda conmemorativa del Pronunciamiento del General Justo José de Urquiza, cuyos 150 años se cumplían el 1 de mayo de 2001.