Ley 25.421

Artículo 5Dispositivos y actividades del Programa (anexo I)

Texto oficial

Se consideran dispositivos y actividades del Programa de Asistencia Primaria de Salud Mental, las que realizan los efectores del APSM y se detallan en el anexo I; todas las cuales se procurará integrar en las estrategias generales y específicas de APSM y Salud Pública.

Qué significa en la práctica

Remite al anexo I, que es donde la ley se vuelve concreta. Allí se enumeran los dispositivos de atención primaria (programas comunitarios de salud mental, programas de salud general con componente de salud mental a cargo de un equipo interdisciplinario, interconsulta y atención básica bajo programa), los de promoción y protección (actividades con poblaciones de riesgo, espacios de capacitación laboral y de lazo social), y los de prevención y prevención terciaria: acompañamiento terapéutico, talleres protegidos, casas de medio camino y hostales. El anexo también manda organizar redes locales, regionales y nacionales de complejidad creciente, con mecanismos de referencia y contrarreferencia.

Normas relacionadas

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