Artículo 1Institución del Día Nacional del Bombero Voluntario
Texto oficial
Institúyase el día 2 de junio de cada año como "Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina".
Qué significa en la práctica
Fija el 2 de junio de cada año como Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina. Es una fecha de reconocimiento: no crea feriado ni asueto, y no modifica el régimen del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la Ley de Bomberos Voluntarios.