Ley 25.427

Artículo 2Custodia y conservación a cargo de la Comisión Nacional de Museos

Texto oficial

Concédese la custodia y conservación de dicho inmueble a la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación.

Qué significa en la práctica

El cuidado del edificio queda en manos de la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos, el organismo especializado que funciona en la órbita de la Secretaría de Cultura. Desde esta ley, cualquier intervención sobre el inmueble tiene que pasar por ese organismo.

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