Ley 25.445

Artículo 2Condición de vigencia: que el euro llegue a un dólar

Texto oficial

La presente ley rige a partir del día siguiente a aquel en el que un euro de la Unión Europea (E 1) cotice a un dólar de los Estados Unidos de América (u$s 1) para la venta, en el mercado de Londres, o supere dicha cotización, lo que será declarado por decreto del Poder Ejecutivo nacional en dicha oportunidad.

Qué significa en la práctica

La ley no rige desde su publicación. Empezaría a regir el día siguiente a aquel en que un euro cotizara a un dólar o más para la venta en el mercado de Londres, hecho que debía declarar el Poder Ejecutivo por decreto. En 2001 el euro valía menos que el dólar, así que la condición quedó pendiente. Nunca se cumplió mientras la convertibilidad estuvo vigente: en enero de 2002 la Ley de Emergencia Pública derogó el Art. 1 — Ley de Convertibilidad y terminó con el régimen.

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