Créanse los cargos de Fiscal, Defensor Público de Menores e Incapaces y de los Funcionarios y Empleados a que se refiere el Anexo I, el que forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Crea los cargos necesarios para que los órganos funcionen e incorpora el anexo I como parte de la ley. Son seis en total: para la fiscalía, un fiscal de primera instancia, un prosecretario administrativo y un auxiliar superior de sexta; para la defensoría, un defensor público de menores e incapaces con los mismos dos cargos de apoyo.