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Art. 29
Ley 25.506
Artículo 29
Autoridad de Aplicación
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Texto oficial
Autoridad de Aplicación
. La
autoridad de aplicación
de la presente ley será la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Qué significa en la práctica
La
autoridad de aplicación
de la ley es la Jefatura de Gabinete de Ministros.
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