Se constituirá un Consejo Asesor, el cual estará integrado de la siguiente forma: por el sector productor, un (1) representante de la Cámara Argentina de Productores de Carne Vacuna (CAPCV), un (1) representante de la Asociación de Productores de Carne Bovina Argentina (Aprocaboa). Por la industria frigorífica dos (2) representantes designados por acuerdo entre las instituciones mencionadas en el artículo 5º de la presente ley, por el sector consignatario un (1) representante designado por acuerdo entre las Cámaras que lo representan, a saber: Cámara Argentina de Consignatarios de Ganado, Centro de Consignatarios Directos y Centro de Consignatarios de Productores del País, un (1) representante de la Federación Argentina de Trabajadores de la Carne y un (1) representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
De entre sus miembros se elegirá a un (1) coordinador general que será el encargado de coordinar las reuniones del Consejo Asesor.
La designación recaerá en forma rotativa sobre los representantes del sector productor.
Sus funciones serán ad honorem y durará dos (2) años en el cargo.
Qué significa en la práctica
Crea un órgano de consulta más amplio que el de conducción: incluye representantes de la Cámara Argentina de Productores de Carne Vacuna y de APROCABOA, dos de la industria frigorífica, uno del sector consignatario elegido entre sus cámaras, uno de la Federación Argentina de Trabajadores de la Carne y uno de la Cancillería. Es el único órgano donde tienen asiento los trabajadores y los consignatarios. Sus miembros trabajan ad honorem, duran dos años y eligen un coordinador general que rota entre los representantes del sector productor.