Ley 25.507

Artículo 21Evaluación trienal y destino de los bienes

Texto oficial

Cada tres (3) años, la Asamblea de Representantes evaluará el funcionamiento del Instituto y el Fondo de Promoción de Carne Vacuna Argentina a efectos de decidir respecto de la continuidad o no de los mismos. Decidida la no continuidad, se procederá a la liquidación del Fondo y de todos los bienes del Instituto, que pasarán directamente al patrimonio del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), organismo autárquico dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía.

Qué significa en la práctica

Cada tres años la Asamblea de Representantes debe evaluar el funcionamiento del Instituto y del Fondo y decidir si continúan. Es una cláusula de caducidad periódica poco frecuente: el organismo no se presume permanente, debe revalidarse. Si la Asamblea resuelve no continuar, se liquida el Fondo y todos los bienes pasan directamente al patrimonio del INTA, de modo que los aportes del sector no se dispersan.

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