Ley 25.520

Artículo 25 bisManuales y reglamentos del personal

Texto oficial

La SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO (SIDE) dictará los manuales y reglamentos necesarios para ordenar la actuación del personal de inteligencia, los niveles de autorización exigidos para el desempeño de tareas, los medios a emplear y los lineamientos que deben orientar su ejecución. Los manuales y reglamentos establecerán los criterios y procedimientos necesarios para resguardar la seguridad del personal y la integridad de las operaciones. (Artículo incorporado por art. 27 del  Decreto N° 614/2024 B.O. 16/7/2024 . Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

Qué significa en la práctica

La SIDE dicta los manuales y reglamentos que ordenan la actuación del personal de inteligencia: los niveles de autorización exigidos, los medios a emplear y los lineamientos de ejecución. Incorporado por el Decreto 941/2025.

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