Ley 25.520

Artículo 46Estatutos del personal

Texto oficial

Dentro de los 365 días de entrada en vigencia de la presente ley, el Poder Ejecutivo Nacional dictará los Estatutos que reemplazarán a la normativa de la ley "S" 19.373 y reformada por ley "S" 21.705, que quedará entonces derogada.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe dictar, dentro de los 365 días, los Estatutos que reemplacen la vieja normativa secreta de inteligencia (Ley 19.373), que queda derogada.

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