Artículo 1Aprobación del Acta de Fundación de la OIJ
Texto oficial
Apruébase el ACTA DE FUNDACION DE LA ORGANIZACION IBEROAMERICANA DE JUVENTUD (O.I.J.), suscripta en Buenos Aires el 1° de agosto de 1996, que consta de DIEZ (10) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Acta de Fundación de la Organización Iberoamericana de Juventud, firmada en Buenos Aires el 1° de agosto de 1996. El texto del acta —diez artículos— se agrega como anexo y forma parte de la ley. Con esta aprobación, la Argentina completa el paso interno que la Constitución exige para obligarse en el plano internacional.