Cuando se compruebe que en un celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro , concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes.
Qué significa en la práctica
Las concesionarias que violen la ley no podrán recibir contratos, concesiones o licencias por 3 a 10 años.