Ley 25.554

Artículo 2Gastos de transferencia e inscripción a cargo del beneficiario

Texto oficial

Todos los gastos que demande la transferencia e inscripción dominial, serán a cargo del Arzobispado de Paraná, Provincia de Entre Ríos.

Qué significa en la práctica

La tierra es gratis, el trámite no. Todos los gastos que genere la transferencia y la inscripción del a nombre del Arzobispado (honorarios notariales, tasas, sellados registrales) los paga el propio Arzobispado de Paraná, no el Estado nacional.

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