Ley 25.565

Artículo 3Gastos figurativos

Texto oficial

Fíjanse en la suma de DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($ 10.644.325.742) los importes correspondientes a los Gastos Figurativos para transacciones corrientes y de capital de la ADMINISTRACION NACIONAL, quedando en consecuencia establecido el financiamiento por Contribuciones Figurativas de la ADMINISTRACION NACIONAL en la misma suma, según el detalle que figura en las planillas Nros. 9 y 10, anexas al presente artículo.

Qué significa en la práctica

Fija en $ 10.644.325.742 los gastos figurativos, que son las transferencias internas entre organismos del propio Estado, y establece el financiamiento por contribuciones figurativas en la misma suma. No agregan gasto real: registran dos veces el mismo movimiento.

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