Artículo 1Declaración de monumento histórico nacional
Texto oficial
Conforme lo dispuesto por las Leyes 12.665 y 24.252, declárase monumento histórico nacional al edificio que fuera el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sito en la manzana ubicada entre las avenidas Nueve de Julio, Belgrano y las calles Moreno y Lima de la Capital Federal.
Qué significa en la práctica
Declara monumento histórico nacional al edificio que fuera sede del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en la manzana delimitada por las avenidas Nueve de Julio y Belgrano y las calles Moreno y Lima de la Capital Federal. La declaración se apoya en las Leyes 12.665 y 24.252 y tiene un efecto concreto: el inmueble queda bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, de modo que cualquier obra que lo altere necesita autorización previa. El uso administrativo del edificio no se ve afectado.