Ley 25.600

Artículo 72Entrada en vigencia a los 120 días

Texto oficial

Las disposiciones contenidas en esta ley entrarán en vigencia a partir de los ciento veinte (120) días de la publicación de la misma.

Qué significa en la práctica

No es una cláusula de forma: la ley recién empezó a regir 120 días después de su publicación en el Boletín Oficial, que fue el 12 de junio de 2002. Ese diferimiento le dio a los partidos tiempo para abrir las cuentas únicas, designar tesoreros y adecuar sus cartas orgánicas antes de quedar expuestos a las sanciones.

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