Ley 25.620

Artículo 1Aprobación de las enmiendas al Estatuto de la CLAC

Texto oficial

Apruébanse las ENMIENDAS AL ESTATUTO DE LA CLAC (Artículos 7, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 20 y 25), adoptadas por la XII Asamblea Ordinaria de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil celebrada en la ciudad de Panamá —REPUBLICA DE PANAMA— el 8 de noviembre de 1996, cuyas fotocopias autenticadas forman parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

El Congreso aprueba las enmiendas a nueve artículos del Estatuto de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil (7, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 20 y 25), adoptadas por la XII Asamblea Ordinaria del organismo en Panamá el 8 de noviembre de 1996. Las fotocopias autenticadas del texto de las enmiendas se incorporan como parte de la ley. Con esta aprobación el Poder Ejecutivo queda habilitado a expresar el consentimiento internacional del país.

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