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Ley de la fianza en los alquileres (artículo 1582 bis)
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Art. 2
Ley 25.628
Artículo 2
Comunicación al Poder Ejecutivo nacional
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Texto oficial
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Qué significa en la práctica
Cláusula protocolar de cierre. No agrega contenido normativo.
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Art. 1 — Nuevo artículo 1582 bis del Código Civil: la fianza del alquiler termina con el contrato
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