Ley 25.668

Artículo 8Orden público y entrada en vigencia

Texto oficial

La presente ley es de orden público y comenzará a regir el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

Declara la ley de orden público -es decir, sus disposiciones no pueden dejarse de lado por voluntad de las partes ni por acuerdos particulares- y fija su vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Publicada el 19 de noviembre de 2002, comenzó a regir el 1 de diciembre de 2002. Este artículo no fue observado.

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