Artículo 1Cupo femenino en la negociación colectiva
Texto oficial
Cada unidad de negociación colectiva de las condiciones laborales, deberá contar con la participación proporcional de mujeres delegadas en función de la cantidad de trabajadoras de dicha rama o actividad.
Qué significa en la práctica
En cada mesa de negociación colectiva debe haber mujeres delegadas, en proporción a la cantidad de trabajadoras de esa rama o actividad.