La presente ley regirá en todo el territorio de la Nación, sus disposiciones son de orden público, operativas y se utilizarán para la interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su vigencia en cuanto no se oponga a los principios y disposiciones contenidas en ésta. (Vocablo observado por art. 1° del Decreto N° 2413/2002 B.O. 28/11/2002.)
Qué significa en la práctica
La ley rige en todo el país, es de orden público y operativa (se aplica directamente), y sirve de guía para interpretar toda la legislación ambiental, que sigue vigente mientras no la contradiga.