Ley 25.678

Artículo 3Vigencia y aplicación en el tiempo

Texto oficial

Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y regirán para los regímenes de regularización de deudas tributarias que se dicten a partir de la citada fecha.

Qué significa en la práctica

La ley empieza a regir el día después de publicarse en el Boletín Oficial y solo alcanza a los regímenes de regularización que se dicten desde entonces. Los planes ya vigentes en ese momento no se ven afectados.

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