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Ley de Gestión Ambiental de Aguas
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Art. 9
Ley 25.688
Artículo 9
Reglamentación
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Texto oficial
El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley dentro de los 180 días de su publicación y dictará las resoluciones necesarias para su aplicación.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley dentro de los 180 días de su publicación.
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