Ley 25.688

Artículo 9Reglamentación

Texto oficial

— El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley dentro de los 180 días de su publicación y dictará las resoluciones necesarias para su aplicación.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley dentro de los 180 días de su publicación.

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