Artículo 1Aprobación del Acuerdo científico y tecnológico con Corea
Texto oficial
Apruébase el ACUERDO DE COOPERACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COREA, suscripto en Seúl, República de Corea, el 31 de octubre de 2000, que consta de DIEZ (10) artículos, cuyas fotocopias autenticadas en español e inglés forman parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Acuerdo de Cooperación Científica y Tecnológica firmado con la República de Corea en Seúl el 31 de octubre de 2000, de diez artículos. Se incorporan como anexo las fotocopias autenticadas en español y en inglés. Con esta aprobación el Poder Ejecutivo queda habilitado a ratificar el tratado.