Artículo 3Autoridad de aplicación: Salud y Desarrollo Social en conjunto
Texto oficial
La es ejercida en forma conjunta por los Ministerios de Salud y de Desarrollo Social de la Nación.
Qué significa en la práctica
La se ejerce en forma conjunta por los Ministerios de Salud y de Desarrollo Social de la Nación. La decisión no es casual: el problema tiene una cara sanitaria (nutrición, controles) y una cara social (pobreza, asistencia), y la ley se niega a partirlo en dos.