El librador de un cheque rechazado por falta de fondos o sin autorización para girar en descubierto o por defectos formales, será sancionado con una multa equivalente al cuatro por ciento (4%) del valor del cheque, con un mínimo de cien pesos ($ 100) y un máximo de cincuenta mil pesos ($ 50.000). El girado está obligado a debitar el monto de la multa de la cuenta del librador. En caso de no ser satisfecha dentro de los treinta (30) días del rechazo ocasionará el cierre de la cuenta corriente e inhabilitación.
La multa será reducida en un cincuenta por ciento (50%) si el librador cancela el cheque motivo de la sanción dentro de los treinta (30) días del rechazo, circunstancia que será informada al Banco Central de la República Argentina.
El depósito de las multas en la cuenta del Banco Central de la República Argentina se deberá hacer dentro del mes siguiente al mes en que se produjo el rechazo.
Qué significa en la práctica
Si el banco rechaza un cheque porque no hay fondos, porque el titular giró en descubierto sin tener autorización o porque el cheque tiene defectos de forma, quien lo libró paga una multa del 4% del valor del cheque. Esa multa nunca es menor a $100 ni mayor a $50.000. El banco la debita solo de la cuenta, sin necesidad de reclamo. Si no se paga dentro de los 30 días del rechazo, el banco cierra la cuenta corriente y el titular queda inhabilitado. En cambio, si el librador cancela el cheque rechazado dentro de esos 30 días, la multa baja a la mitad y el banco lo informa al Banco Central. Los bancos depositan lo recaudado en la cuenta del Banco Central dentro del mes siguiente al del rechazo.
Ejemplo práctico
Un cheque de $200.000 rechazado por falta de fondos genera una multa de $8.000 (4%). Si el librador lo cancela dentro de los 30 días, paga $4.000.