Ley 25.757

Artículo 2Qué debe investigar la comisión

Texto oficial

La comisión tendrá por objeto investigar el cumplimiento de la Ley de Cheques, desde el día de entrada en vigor, hasta la vigencia de la Impuesto al Cheque y, hasta la actualidad en cuanto a la retención realizada por las entidades financieras públicas y privadas, por el rechazo de cheques librados por los titulares de cuentas corrientes, cualquiera sea la denominación que a esa retención fuere adjudicada por las mismas. El cometido de esta comisión incluye las acciones llevadas a cabo por el Banco Central de la República Argentina, en su carácter de recaudador de acuerdo a la Ley de Cheques, de las multas previstas en la misma (multas a cargo de titulares de cuentas corrientes libradores y multas a cargo de las entidades financieras), acciones judiciales contra el Banco Central e incoadas por éste. Asimismo, el destino de lo efectivamente recaudado, con determinación de los organismos que administraron el fondo, programas a los que se aplicaron y normativa, resoluciones y decretos, vinculados a la ejecución del fondo de financiamiento de programas para discapacitados. Investigará también: 1º- El desempeño del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, en relación al carácter de órgano de aplicación del programa del Anexo B; Anexo II integrado al artículo 7º "Fondo de Financiamiento del Programa para personas con discapacidad". 2º- Las retenciones realizadas por las entidades financieras privadas y públicas, con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Competitividad Nº 25.413, bajo la denominación de "comisiones" o cualquier otra, respecto del rechazo de cheques sin fondos. 3º- El destino final que los beneficiarios, organismos gubernamentales y no gubernamentales, les dieron a los subsidios otorgados en el marco de la Ley de Cheques.

Qué significa en la práctica

Delimita el objeto de la investigación y es el corazón de la ley. Debe abarcar todo el período desde que empezó a regir la Ley de Cheques hasta la actualidad, con foco en cuánto retuvieron efectivamente los bancos públicos y privados por rechazar cheques, sin importar con qué nombre llamaron a esa retención. También debe revisar el papel del Banco Central como recaudador de las multas (tanto las que pagan los titulares de cuentas como las que pagan los bancos), los juicios en los que estuvo involucrado y, sobre todo, adónde fue a parar la plata: qué organismos administraron el fondo, a qué programas se aplicó y con qué normas. Agrega tres puntos expresos: el desempeño del PAMI como órgano de aplicación del programa, las retenciones que los bancos siguieron cobrando como comisiones después de la Ley de Competitividad 25.413, y el destino final que los beneficiarios y organismos les dieron a los subsidios.

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