La identidad de la persona que suministre la información será mantenida en secreto durante el proceso judicial de que se trate y también después de finalizado. No obstante, podrá ser convocada como testigo a la audiencia de cuando el Tribunal, o a petición de parte, por auto fundado, dispusiera que ello resulta imprescindible para la valoración de sus dichos en la .
Qué significa en la práctica
Quien da la información queda protegido: su identidad se mantiene en secreto durante todo el proceso y también cuando el proceso termina. La única excepción es que el tribunal, por decisión fundada, considere imprescindible convocarlo como testigo en el para poder valorar lo que dijo en la .
Ejemplo práctico
El informante que aportó la ubicación mantiene su nombre en reserva incluso después de la condena; solo declararía en el juicio si el tribunal lo considera imprescindible por auto fundado.