Ley 25.798

Artículo 14Organización

Texto oficial

Organización. El Poder Ejecutivo nacional designará el agente fiduciario en un todo de acuerdo con las prescripciones de la Ley de Fideicomiso y Leasing y sus modificatorias, quedando facultado para determinar la integración del patrimonio del .

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo designa el agente fiduciario conforme a la Ley de Fideicomiso y Leasing.

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