Apruébase el CONVENIO 150 DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE LA ADMINISTRACION DEL TRABAJO: COMETIDO, FUNCIONES Y ORGANIZACION, adoptado en Ginebra – CONFEDERACION SUIZA - el 26 junio de 1978, que consta de DIECIOCHO (18) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Convenio de la OIT sobre la administración del trabajo (cometido, funciones y organización), adoptado en Ginebra el 26 de junio de 1978, que consta de dieciocho artículos e integra la ley por copia autenticada. El convenio obliga al Estado a organizar un sistema de administración laboral coordinado y eficaz, con personal calificado e independiente, y a consultar y hacer participar a las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la política nacional del trabajo.