Artículo 1Aprobación del acuerdo nuclear con Bulgaria
Texto oficial
Apruébase el ACUERDO DE COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE BULGARIA EN MATERIA DE USOS PACIFICOS DE LA ENERGIA NUCLEAR, suscripto en Buenos Aires el 1° de agosto de 2000, que consta de TRECE (13) artículos, cuyas fotocopias autenticadas en español e inglés forman parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el Acuerdo de Cooperación con Bulgaria en materia de usos pacíficos de la energía nuclear, firmado en Buenos Aires el 1 de agosto de 2000. El acuerdo tiene trece artículos y habilita a los organismos nucleares de ambos países a cooperar en investigación, reactores, ciclo del combustible, aplicaciones médicas y agrícolas, protección radiológica y salvaguardias. Con la aprobación legislativa, el Poder Ejecutivo queda habilitado a ratificarlo internacionalmente.