Artículo 8Funcionamiento y quórum del Consejo Ejecutivo
Texto oficial
Las reuniones ordinarias del Consejo Ejecutivo serán como mínimo trimestrales, sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por mayoría simple de votos presentes. En caso de empate el presidente tendrá doble voto.
El vicepresidente reemplazará transitoriamente al presidente en caso de ausencia o incapacidad temporal. En caso de muerte, renuncia o incapacidad permanente, se elegirá un nuevo presidente. El vicepresidente y los vocales titulares serán reemplazados por sus respectivos suplentes en caso de muerte, incapacidad o licencia temporaria, según lo disponga el reglamento interno.
Qué significa en la práctica
El Consejo Ejecutivo se reúne como mínimo cada tres meses. Sesiona con la mayoría absoluta de sus miembros y decide por mayoría simple de los presentes; si hay empate, el presidente desempata con doble voto. El vicepresidente reemplaza al presidente en ausencias o incapacidades temporales; si el presidente muere, renuncia o queda permanentemente incapacitado, se elige uno nuevo. Vicepresidente y vocales titulares son reemplazados por sus suplentes según el reglamento interno.