Ley 25.854

Artículo 6Integración de la nómina

Texto oficial

La nómina de aspirantes se integrará con la lista de aspirantes inscriptos en todas las provincias que adhieran al presente registro y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Qué significa en la práctica

La lista nacional se arma sumando los inscriptos en cada provincia adherida y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Quien se anota en su queda incluido en la nómina nacional.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 25.854 (Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos) completaLeyes