Ley 25.862

Artículo 7Creación de cargos

Texto oficial

Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y empleados a que se refieren los Anexos I y II de la presente para el juzgado y el ministerio público que tendrán las dotaciones que en ellos se indican.

Qué significa en la práctica

Se crean los cargos de jueces, funcionarios y empleados detallados en los anexos I y II: la dotación del juzgado y la del ministerio público fiscal y de la defensa.

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