Ley 25.866

Artículo 2Entrada en vigencia

Texto oficial

Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

La ley rige desde el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Publicada el 21 de enero de 2004, sus efectos comenzaron el 1 de febrero de 2004.

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