Ley 25.871

Artículo 11Consulta y participación

Texto oficial

La República Argentina facilitará, de conformidad con la legislación nacional y provincial en la materia, la consulta o participación de los extranjeros en las decisiones relativas a la vida pública y a la administración de las comunidades locales donde residan.

Qué significa en la práctica

El Estado facilita la consulta y la participación de los extranjeros en las decisiones de la vida pública.

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