Ley 25.871

Artículo 115Recursos de la Dirección

Texto oficial

La Dirección Nacional de Migraciones, mediante la imputación de un porcentaje del producido de las tasas o multas que resulten de la aplicación de la presente, podrá solventar los gastos en que incurrieran la Policía Migratoria Auxiliar, las autoridades delegadas o aquellas otras con las que hubiera celebrado convenios, en cumplimiento de las funciones acordadas.

Qué significa en la práctica

La Dirección puede imputar un porcentaje del producido de las tasas o multas a sus funciones.

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