Ley 25.871

Artículo 60Graduación de las sanciones

Texto oficial

Las sanciones serán graduadas de acuerdo con la naturaleza de la infracción, la persona, antecedentes en la materia y en caso de en las infracciones a la presente ley, las mismas serán acumulativas y progresivas.

Qué significa en la práctica

Las sanciones se gradúan según la naturaleza de la infracción y los antecedentes.

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