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Art. 83
Ley 25.871
Artículo 83
Normas supletorias
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Texto oficial
En los casos no previstos en este Título, serán de aplicación supletoria las disposiciones de la
Ley de Procedimientos Administrativos
, el Decreto N° 1759/72 y sus modificaciones.
Qué significa en la práctica
Se aplican supletoriamente la
Ley de Procedimientos Administrativos
y demás normas.
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