Ley 25.876

Artículo 1Incisos 15 y 16: subrogancias y reglamentos de superintendencia

Texto oficial

Inclúyense como incisos del Art. 7 — Ley del Consejo de la Magistratura; lo siguiente: Inciso 15: Dictar los reglamentos que establezcan el procedimiento y los requisitos para la designación de jueces subrogantes en los casos de licencia o suspensión de su titular y transitorios en los casos de vacancia para los tribunales inferiores. El juez designado deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 13 inciso b) primera parte de la presente ley, y percibirá una equivalente a la que correspondería al titular. En los supuestos de vacancia, las designaciones efectuadas en virtud del presente inciso no podrán superar el plazo de doce meses. Dicho plazo podrá ser prorrogado por seis meses por decisión fundada. Estas designaciones no podrán ser invocadas ni tenidas en cuenta como antecedente para los concursos públicos que convoque el Consejo de la Magistratura. Inciso 16: Dictar los reglamentos generales de superintendencia que sean necesarios para el funcionamiento del Poder Judicial de la Nación.

Qué significa en la práctica

Agrega dos atribuciones al plenario del Consejo de la Magistratura. El inciso 15 lo faculta a dictar los reglamentos que establezcan el procedimiento y los requisitos para designar jueces subrogantes —cuando el titular está de licencia o suspendido— y jueces transitorios —cuando el cargo está vacante— en tribunales inferiores. El designado debe cumplir los requisitos del artículo 13 inciso b) primera parte de la ley y cobra lo mismo que el titular. En los casos de vacancia la designación no puede superar los doce meses y sólo puede prorrogarse seis meses más por decisión fundada. Y hay una prohibición expresa: estas designaciones no pueden invocarse ni computarse como antecedente en los concursos públicos, para que la subrogancia no funcione como una vía paralela de ingreso a la magistratura. El inciso 16 habilita al plenario a dictar los reglamentos generales de superintendencia necesarios para el funcionamiento del Poder Judicial de la Nación.

Ejemplo práctico

Queda vacante un juzgado federal por la renuncia de su titular y el concurso todavía no terminó. El Consejo designa un juez transitorio por doce meses; si al vencer el concurso sigue abierto, puede prorrogar la designación seis meses más con una resolución fundada. Cuando ese magistrado se presente al concurso del cargo, no podrá invocar el tiempo que estuvo subrogando como antecedente a su favor.

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