Ley 25.916

Artículo 36Información a la autoridad

Texto oficial

— Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán brindar a la la información sobre el tipo y cantidad de residuos domiciliarios recolectados en su , así como también aquellos que son valorizados o que tengan potencial para su valorización.

Qué significa en la práctica

Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deben informar a la el tipo y cantidad de residuos recolectados y los valorizados o valorizables.

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