Ley 25.917

Artículo 18Equilibrio financiero

Texto oficial

En un plazo de un (1) año a contar a partir de la vigencia de la presente ley, los Presupuestos Provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Nacional incluirán estimaciones del gasto tributario incurrido por la aplicación de las políticas impositivas, en el supuesto de no contar con tal información a la fecha de entrada en vigencia de la presente.

Qué significa en la práctica

En el plazo de un año, los presupuestos de las provincias, la CABA y la Nación deben ejecutarse preservando el equilibrio financiero (los gastos no deben superar los recursos).

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