Artículo 1Autorización de entrada y salida de tropas para el ciclo 2004-2005
Texto oficial
Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para que participen del programa de ejercitaciones combinadas desde el 1º de septiembre de 2004 hasta el 31 de agosto de 2005, de acuerdo a la información detallada en los ANEXOS I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII Y XIII, que forman parte integrante de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Es el permiso constitucional que solo el Congreso puede dar: autoriza que tropas extranjeras entren al territorio argentino y que fuerzas nacionales salgan de él para hacer ejercicios militares combinados, entre el 1 de septiembre de 2004 y el 31 de agosto de 2005. No es un permiso en blanco: vale únicamente para las actividades detalladas en los trece anexos que forman parte de la ley, cada uno con su tipo de ejercicio, países participantes, cantidad máxima de efectivos y de medios, fechas, inmunidades, costo y fuente de financiamiento. El ciclo incluye, entre otros, " 2004" con Chile, "UNITAS XLVI" en sus fases Atlántico y Pacífico, "Fraterno XXIII" con Brasil, "Panamax 2005", "Acrux II 2005", "Salitre 2004" y "Cruz del Sur 04".