La Sociedad ejercerá todas las atribuciones y estará sometida a los mismos controles, interno y externo, de las personas jurídicas de su tipo, quedando facultada para suscribir convenios con empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras para el cumplimiento de su Objeto Social. Regirá para esta sociedad lo dispuesto en el Art. 21 — Ley 24.624. Estará sometida asimismo a los controles interno y externo del sector público nacional en los términos de la Administración Financiera.
Qué significa en la práctica
ENARSA ejerce las atribuciones y está sometida a los controles interno y externo de las sociedades de su tipo y del sector público nacional (Administración Financiera); puede suscribir convenios con empresas públicas o privadas.