Resumen ejecutivo
La Ley que aprueba el acuerdo espacial con Argelia aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación entre la Argentina y Argelia en el campo de las actividades espaciales, firmado en Argel el 13 de julio de 2002. El acuerdo se apoya en el Tratado sobre los principios que gobiernan las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre de 1967 y en las normas de la Comisión de las Naciones Unidas para la Utilización con Fines Pacíficos del Espacio Ultraterrestre (COPUOS), y limita expresamente la cooperación a fines pacíficos. Su artículo 2 enumera once áreas: organizar la puesta en marcha de las actividades espaciales en Argelia; diseño, desarrollo y fabricación de satélites; creación en Argelia de una base tecnológica satelital; misiones satelitales conjuntas; sistemas de soporte terrestre, incluidas estaciones de recepción y procesamiento de datos, telemetría y control; proyectos conjuntos de investigación en tecnología y aplicaciones espaciales, en especial sensores de alta resolución y observación con radar aplicados a recursos hídricos, medio ambiente, agricultura, recursos mineros y petroleros y telecomunicaciones; intercambio de información y visitas de científicos, investigadores y profesores universitarios; transferencia de tecnología y becas de formación; formación de ingenieros y técnicos argelinos; desarrollo del potencial técnico-industrial; y promoción de una carrera universitaria en tecnologías espaciales en Argelia. El artículo 3 designa como agencias ejecutoras a la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) por la Argentina y al Centro Nacional de Técnicas Espaciales (CNTS) por Argelia. La ley fue sancionada el 20 de octubre de 2004 y promulgada de hecho el 11 de noviembre de 2004.Objetivo
Establecer un marco jurídico para la cooperación espacial con Argelia con fines pacíficos, incluyendo satélites, estaciones terrestres, investigación aplicada, transferencia de tecnología y formación de personal.Problema que resuelve
La cooperación espacial bilateral requiere un marco de tratado que defina áreas, organismos ejecutores y condiciones de transferencia de tecnología; sin él, los proyectos quedan librados a acuerdos institucionales sin respaldo internacional.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes