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Ley 25.949

VigenteNacional

Aprobación del Acuerdo Marco de Cooperación con Argelia en el Campo de las Actividades Espaciales

Sanción:20 de octubre de 2004Promulgación:11 de noviembre de 2004BO:15 de noviembre de 2004Ver fuente oficial
2artículos
actividades espacialessatélitesCONAEcooperación bilateralArgeliauso pacífico del espacio
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley que aprueba el acuerdo espacial con Argelia aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación entre la Argentina y Argelia en el campo de las actividades espaciales, firmado en Argel el 13 de julio de 2002. El acuerdo se apoya en el Tratado sobre los principios que gobiernan las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre de 1967 y en las normas de la Comisión de las Naciones Unidas para la Utilización con Fines Pacíficos del Espacio Ultraterrestre (COPUOS), y limita expresamente la cooperación a fines pacíficos. Su artículo 2 enumera once áreas: organizar la puesta en marcha de las actividades espaciales en Argelia; diseño, desarrollo y fabricación de satélites; creación en Argelia de una base tecnológica satelital; misiones satelitales conjuntas; sistemas de soporte terrestre, incluidas estaciones de recepción y procesamiento de datos, telemetría y control; proyectos conjuntos de investigación en tecnología y aplicaciones espaciales, en especial sensores de alta resolución y observación con radar aplicados a recursos hídricos, medio ambiente, agricultura, recursos mineros y petroleros y telecomunicaciones; intercambio de información y visitas de científicos, investigadores y profesores universitarios; transferencia de tecnología y becas de formación; formación de ingenieros y técnicos argelinos; desarrollo del potencial técnico-industrial; y promoción de una carrera universitaria en tecnologías espaciales en Argelia. El artículo 3 designa como agencias ejecutoras a la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) por la Argentina y al Centro Nacional de Técnicas Espaciales (CNTS) por Argelia. La ley fue sancionada el 20 de octubre de 2004 y promulgada de hecho el 11 de noviembre de 2004.

Objetivo

Establecer un marco jurídico para la cooperación espacial con Argelia con fines pacíficos, incluyendo satélites, estaciones terrestres, investigación aplicada, transferencia de tecnología y formación de personal.

Problema que resuelve

La cooperación espacial bilateral requiere un marco de tratado que defina áreas, organismos ejecutores y condiciones de transferencia de tecnología; sin él, los proyectos quedan librados a acuerdos institucionales sin respaldo internacional.

A quiénes alcanza

CONAEinvestigadores y técnicos del sector espacialuniversidades con carreras de tecnología espacialorganismos usuarios de datos satelitales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La cooperación debe desarrollarse con fines pacíficos, conforme a las leyes internas de cada Estado y a los principios de la Comisión de las Naciones Unidas para la Utilización con Fines Pacíficos del Espacio Ultraterrestre (art. 1).
  • La ejecución del acuerdo queda a cargo de la CONAE por la Argentina y del Centro Nacional de Técnicas Espaciales o la estructura que designe oficialmente Argelia (art. 3).

Derechos que reconoce

  • Los organismos espaciales de ambos países acceden a proyectos conjuntos, intercambio de información, visitas de científicos, transferencia de tecnología y becas de formación en el marco del acuerdo.

Casos de uso

  • La CONAE encuadra un proyecto satelital conjunto con Argelia en el marco del acuerdo.
  • Un investigador consulta los tratados espaciales bilaterales vigentes de la Argentina.

Preguntas frecuentes

El Acuerdo Marco de Cooperación entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular en el Campo de las Actividades Espaciales, suscripto en Argel el 13 de julio de 2002, que consta de nueve artículos.